Condenan a 818 días de pena remitida a ex autoridades locales

Fecha : 15/06/2018
• Tribunal de Arica dictó sentencia a Orlando Vargas, Emilio Ulloa y Osvaldo Abdala por el delito frustrado de fraude al municipio.
 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –viernes 15 de junio– al ex diputado Orlando Vargas Pizarro, al ex alcalde subrogante Osvaldo Abdala Valenzuela y al ex concejal Emilio Ulloa Valenzuela a la pena de 818 días, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de autores del delito frustrado de fraude a la municipalidad de Arica. Ilícito perpetrado en febrero de 2012, en la ciudad.

En fallo unánime, el tribunal aplicó a los sentenciados la accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Además, fijó una multa del 10 por ciento del perjuicio causado; esto es $65.759.400 más las costas del juicio.

El tribunal impuso además a los condenados la pena de 3 años de suspensión de cargos y oficios públicos y profesión titular.

Asimismo, el tribunal absolvió a Emilio Ulloa de la acusación formulada en su contra que lo suponía autor del delito de cohecho, previsto y sancionado en el artículo 248 bis del Código Penal, supuestamente perpetrado en Arica en el periodo fijado en la acusación en febrero del año 2012.

Resolución que dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que “(…) Con el actuar de los acusados y querellados Orlando Vargas, Emilio Ulloa y Osvaldo Abdala en la renovación de la propuesta pública N° 09/2009, se comprometió el patrimonio municipal con una obligación devengada y exigible, en a lo menos $657.594.000, durante los dos años que se establecieron de vigencia para el contrato, siendo este el perjuicio total para el municipio; no alcanzando a recibir dinero de esta ampliación por cuanto el contrato dejó de producir sus efectos con fecha 28 de mayo de 2012, nombrándose la comisión liquidadora para redactar un informe, dados los reiterados incumplimientos al mismo, no pudiendo hasta la fecha consumar dicho ilícito por razones ajenas a su voluntad”. 

 
 
 
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