Derechos en vacaciones de invierno

Fecha : 18/07/2018
Por Por Rosa Cortez, Directora Regional del Sernac
 

Después de un arduo primer semestre se vienen las vacaciones de invierno para la gran mayoría de los estudiantes de nuestro país. En este contexto, y considerando que cada vez es más habitual que los padres se tomen algunos días para descansar en familia, como Sernac consideramos oportuno recordar los derechos al contratar servicios turísticos.

La Ley del Consumidor (LPC) establece que las personas tienen derecho a recibir información veraz y oportuna, a recibir productos y servicios de calidad, a que los precios sean informados y respetados, entre otros.

Al momento de contratar servicios turísticos, además de los derechos mencionados anteriormente, las empresas tienen el deber de respetar y cumplir todo lo informado u ofrecido a través de la publicidad, folletos, afiches, promociones, avisos en prensa o sitios web.

En el caso de que los consumidores opten por contratar servicios a través de una agencia de turismo, es importante recalcar que este tipo de empresas tienen que responder directamente frente al consumidor, aunque hayan actuado como intermediarias de otros proveedores. Las cláusulas en los contratos donde las empresas dicen que no responden por incumplimientos, no valen.

Además, las empresas deben entregar servicios y productos que no arriesguen la seguridad o salud de las personas. Si el proveedor le ocasiona algún daño por un servicio mal otorgado o un producto defectuoso, los consumidores tienen derecho a que los indemnicen por todo el perjuicio ocasionado.

Si los consumidores tienen planificado viajar en bus durante estas vacaciones, la Ley también establece una serie de derechos, por ejemplo, a que el viaje se realice en condiciones de seguridad e higiene adecuadas.

Además, lo que se ofrece debe ser respetado. Por ejemplo, los pasajeros deben exigir puntualidad, tanto para las horas de partida como de llegada a los lugares de destino, y que se cumpla el itinerario.

Las empresas de buses no pueden sobrevender pasajes. Por otro lado, si el consumidor lo anula con 4 o más horas de anticipación, la compañía deberá devolver, al menos el 85% del valor de su pasaje.

En el caso de pérdida de equipaje, si el consumidor ha tenido la precaución de declarar el valor de lo transportado, la empresa deberá responder por el total del valor. Para esto, debe solicitar el formulario de declaración de equipaje, el cual debe estar disponible en los locales de venta de pasajes.

En caso de viajar en avión, las aerolíneas deben respetar las condiciones ofrecidas y acordadas, esto es, que el vuelo salga a la hora comprometida, se cumpla el servicio a bordo ofrecido, se respete el precio informado y se entregue información veraz y oportuna, entre otros aspectos.

Es muy relevante que los consumidores conozcan y ejerzan sus derechos, pero también es relevante que las empresas, que tienen el deber de ser profesionales, y en caso de cometer algún error, tomen todas las medidas necesarias para solucionarlo a la brevedad posible, pues una buena experiencia siempre será la mejor publicidad. 

 
 
 
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