Información adecuada de los precios

Fecha : 19/04/2021
Por Erick Orellana, director regional del Sernac
 

El Sernac inicio una investigación tras recibir algunos reclamos de consumidores que indican que las empresas no estarían informando adecuadamente los precios de los productos y servicios tras la entrada en vigencia de la boleta electrónica.

En el relato, los consumidores explican que al momento de cotizar un producto se informa un precio como el final, pero al pasar por caja a pagar y ver la boleta se dan cuenta que el monto se incrementa en un 19%, correspondiente al IVA.

Recordemos que la nueva boleta electrónica que entró en vigencia el 1 de enero de este año, exige a las empresas desglosar e informar por separado el precio neto del IVA. Pero eso no implica que se informe al consumidor el precio parcial como si fuera el final.

Los reclamos, alrededor de 30 casos que hemos recibido hasta ahora, apuntan principalmente a empresas de empresas de telefonía celular y multiservicios, retail, supermercados, y cuentas de electricidad, entre otros.

Es importante resaltar que la boleta electrónica no modificó en absoluto los derechos que tienen los consumidores a que las empresas informen y cobren el precio final informado.

Si bien la nueva normativa establece que las empresas deben publicar por separado en la boleta electrónica el precio neto del producto y el IVA, la Ley del Consumidor exige que se informe veraz y oportunamente el costo final del producto o servicio, con todos los cargos incluidos.

Por ende, no es aceptable que una persona decida comprar un producto o contratar un servicio a un determinado precio, y luego, al pagar, se dé cuenta que debe sumarle un 19% más correspondiente al valor del IVA porque eso podría haber cambiado su decisión de compra.

La obligación de informar el precio final es un derecho que logramos instalar hace mucho tiempo, por lo que no puede haber un retroceso con la excusa de la nueva boleta, ni tampoco interpretaciones erróneas por parte de algunas empresas.

La investigación que realiza el Servicio es para indagar si se trata de una práctica generalizada y exigir los ajustes correspondientes. De lo contrario, analizaremos las medidas a seguir para que este tipo de prácticas se ajusten a lo que establece la Ley del Consumidor.

Hay que recordar que las empresas tienen la obligación de actuar profesionalmente, lo que implica tomar todas las medidas necesarias para cumplir con la ley y no afectar los intereses de los consumidores.

Por otro lado, la ley, además, sanciona la negativa injustificada a la venta de un bien o la prestación de un servicio, y establece claramente que ninguna empresa puede negar la venta de un producto o servicio en las condiciones ofrecidas y dentro del rubro del respectivo negocio. 

 
 
 
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