El Juzgado de Garantía de Arica decretó, este miércoles 15 de septiembre, la medida cautelar de prohibición de acercarse a las víctimas en contra de Francisca Estefanía Benavides Vera, imputada por el Ministerio Público como autora del delito de abuso en contra de particulares. Ilícito que se habría perpetrado en octubre de 2019, en el contexto del estallido social.
En la audiencia de formalización (causa rol 4347-2020), la magistrada Macarena Calas Guerra fijó en 100 días el plazo de investigación.
Según el ente persecutor, el 23 de octubre de 2019 a las 23 horas, las víctimas P.C.T.B y E.P.C.R. fueron fiscalizadas en la vía pública por personal de Carabineros quienes, luego de verificar salvoconducto que se exigía para transitar en periodo de toque de queda, fueron detenidas y trasladadas a la Tercera Comisaría de Carabineros.
En dicho contexto, la imputada, quien es cabo segundo de la institución policial, sometió a las víctimas a una revisión pormenorizadas de su cuerpo y sus vestimentas, obligándolas a permanecer en ropa interior por largo tiempo y a hacer sentadillas.
Dicha conducta, según el persecutor, constituye una vejación injusta en contra de ambas, porque la infracción supuestamente cometida por P.C.T.B y E.P.C.R. y que ameritó trasladarlas a la comisaría sólo procedía registro de sus vestimentas sin desnudarlas, “quedando las víctimas afectadas sicológicamente por el proceder de la imputada”.
COLEGIO DE PERIODISTAS
Al respecto, el Colegio de Periodistas de Chile manifestó en su cuenta de Twitter, considerando que las afectadas son profesionales de la Orden, que “Valoramos determinación de la Fiscalía de Arica que formalizó a Carabinera por abusos y reconoció vejación injusta en contra de periodistas sometidas a tortura sexual mientras reporteaban en toque de queda en el contexto del Estallido Social en octubre 2019”.
Y aclararón que “en el caso de periodistas de Arica, aclaramos que éstos sí portaban credencial del medio de prensa donde trabajaban y las credenciales otorgadas por el Colegio de Periodistas que les facultaban para ejercer sus labores en Toque de Queda al momento de su detención”.